El tribunal de París dictaminó, el martes 28 de febrero, “inadmisible” las demandas de las ONG que piden la suspensión de un polémico megaproyecto de oleoducto y forraje de petróleo de TotalEnergies en Uganda y Tanzania, llevado a cabo, según las asociaciones, en desprecio por los derechos humanos y el medio ambiente.
El tribunal considera que las asociaciones no respetaron las etapas del procedimiento al presentar en la audiencia de diciembre solicitudes y quejas “especialmente diferente” de los que había acusado TotalEnergies en un escrito de 2019, punto de partida de la causa.
Friends of the Earth, Survie y cuatro asociaciones ugandesas, que niegan haber modificado sustancialmente sus solicitudes, “solo los han aclarado y justificado sus argumentos con más de 200 documentos de prueba”, reaccionó Juliette Renaud, gerente de Amigos de la Tierra contactada por la Agence France-Presse. Las asociaciones, que pueden apelar, “reserva sobre el seguimiento que se le dará a esta decisión, en consulta con las comunidades afectadas”ella añadió.
“Obligación de cuidar”
Dos proyectos inseparables están en el centro de este asunto: la perforación de Tilenga en Uganda, una tercera parte de la cual se encuentra en el parque natural de Murchison Falls; y el proyecto EACOP (East African Crude Oil Pipeline), el oleoducto calentado más largo del mundo (1.500 kilómetros), a través de Tanzania y áreas protegidas. Las ONG consideran que TotalEnergies no respeta en estos proyectos sus “obligación de cuidar”instituido por una ley francesa pionera de 2017.
Esto requiere que las multinacionales “implicar la seriedad hacia los derechos humanos, la salud y la seguridad de las personas, así como el medio ambiente” en todas sus actividades globales. Esta ley permite a las asociaciones enviar un aviso formal a las empresas que no la cumplan. Estos últimos tienen entonces tres meses para responder y cumplir, antes de una posible remisión a la justicia.
Estas asociaciones habían decidido llevar su citación ante el juez de sala, un procedimiento de emergencia, pero el tribunal considera que el caso excede sus prerrogativas y “requiere un examen completo (…) pertinentes a la facultad del juez único sobre el fondo”..
Esta sentencia es la primera dictada sobre la base de la ley de 2017, muy examinada por el mundo económico y por las ONG involucradas en la regulación de multinacionales y que recientemente han multiplicado este tipo de procedimientos contra grandes grupos. En su decisión, el tribunal de París considera que la “medidas de vigilancia” introducidos por esta ley son “general y sin contornos precisos”por falta de publicación de un decreto esperado.